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Placa Identificativa de Dron: Normativa y Recomendaciones

Si eres un apasionado de los drones y te preguntas como debes identificar tu dron en 2023, estás en el lugar correcto. En este artículo, desglosaremos la importancia del número de registro para drones, la normativa vigente y algunas recomendaciones de nuestro experto en el campo de la aviación no tripulada. Pero si quieres directamente una consultoría profesional con nosotros para resolver todas tus dudas sobre este tema, ¡contáctanos y te ayudaremos!

Con nuestro servicio de asesoría sabrás si te conviene o no incluir una placa identificativa en tu dron, los datos que debes incluir y todo lo que debes saber en base a la normativa vigente. Nuestros expertos te asesorarán para ayudarte en todo el camino.

¿Qué es la “placa identificativa” de un dron?

La placa identificativa de un dron, también conocido como la matrícula del dron, es un elemento que permite identificar la aeronave no tripulada y al operador.

¿Qué datos debe incluir?

Esta placa antes solía incluir datos como el nombre del piloto, DNI, datos de contacto e incluso algunos datos sobre el dron, todo ello con el fin de poder identificar al propietario en caso de pérdida o accidente. La placa identificativa debía ser de un material metálico e ignífugo.

La normativa actual se enfoca en el número de registro de operador. De acuerdo con el Reglamento 2019/947, el número de registro de operador debe incluirse en todos los drones que cumplan con las condiciones establecidas. 

La regulación no especifica una forma concreta de colocar el número de registro en el dron, por lo que se da cierta libertad al operador para elegir cómo hacerlo. Esto significa que se pueden utilizar placas identificativas, pegatinas, vinilos, códigos QR o incluso escribir el número directamente en el dron.

¿Es obligatorio llevar esta placa en 2023?

La obligación de llevar una placa identificativa en un dron varía dependiendo del tipo o concepto de la operación y la legislación, en este punto, se definen como Operaciones EASA, y Operaciones NO EASA.

La nueva normativa europea (Reglamento de ejecución 947/2019) establece que los operadores de drones deben indicar su número de registro en todas las aeronaves no tripuladas que cumplan las condiciones descritas en la normativa UE (operaciones EASA). Esto significa que no es obligatorio llevar expresamente placas ignífugas como antes, pero sí es necesario llevar el número de registro de operador en el dron.

En el pasado, la normativa nacional en España (RD 1036/2017) antes de la entrada de los Reglamentos UE, se requería que todos los drones con un peso inferior a 25 kg llevaran placas identificativas ignífugas, junto con otra igual en la emisora de la aeronave. Actualmente, sigue siendo obligatorio disponer de placa ignífuga con el contenido e información que exige el RD1036/2017 en las operaciones que no estén cubiertas en los Reglamentos UE (operaciones NO EASA) y son las actividades excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2018/ 1139 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento Base), entre las que se encuentran las actividades o por servicios militares, de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control fronterizo, vigilancia costera o similares, bajo el control y la responsabilidad de un Estado miembro, emprendidas en el interés general por un organismo investido de autoridad pública o en nombre de este.

Revisa nuestro artículo sobre la  normativa de drones actualizada 2023, te contamos todo lo que debes saber.

¿Qué drones deben estar identificados según la normativa?

En la mayoría de los casos, todos los drones que cumplan las condiciones indicadas por la normativa deben disponer del número de registro del operador. Generalmente, deben llevar una placa identificativa en su dron con el número de operador:

1. Las aeronaves no tripuladas utilizadas en la categoría “abierta”:

  • Con una MTOM de 250 gr o superior, o bien aquellos drones que puedan transferir una energía cinética superior a 80 julios a un ser humano en caso de colisión.
  • Las equipadas con un sensor capaz de capturar datos personales, salvo que sea conforme con la Directiva 2009/48/CE (“Directiva de juguetes”).

2. Las aeronaves no tripuladas utilizadas en la categoría “específica”, independientemente de su masa. 

(Puedes consultar estos datos en el Reglamento 2019/947 europeo, artículo 14, apartados 8 y 5)

Recomendaciones de experto:

Si tienes dudas de si debes identificar tu dron, o sobre cuál es la mejor manera de hacerlo, ten en cuenta que en Grupo UAS ofrecemos consultorías aeronáuticas de drones para pilotos, donde un experto te asesorará en tu caso. 

¿Dónde colocar la identificación en el dron?

Aunque la normativa no especifica la ubicación exacta, es importante colocar la identificación en un lugar visible y accesible en el dron. Lo más común es colocar el número de registro en una zona del dron donde no interfiera ninguna parte móvil, como la parte exterior del cuerpo o el tren de aterrizaje. Algunos fabricantes de drones, como DJI, proporcionan pautas para una colocación adecuada de la identificación.

¿Qué material utilizar?

Como ya hemos comentado, solo para las operaciones que no pertenezcan a operaciones aéreas vinculadas a los Reglamentos UE, es decir, operaciones NO EASA, y que aún siguen siendo obligatorio el uso de  placas identificativas, estas deben ser de material metálico e  ignífugas, existen en el mercado diferentes opciones y formatos, llegando a ser muy ligeras, económicas y duraderas. Estas placas suelen permitir la inclusión de información adicional, como el nombre y número de contacto del piloto, lo que puede ser invaluable en caso de pérdida del dron. 

Sin embargo, para operaciones EASA, los Reglamentos no definen como debe ser estrictamente el formato, algunos operadores optan por utilizar pegatinas, vinilos o códigos QR. La elección del material depende de las preferencias personales, pero la durabilidad y la visibilidad son factores clave a considerar.

En resumen, una placa identificativa de dron es un elemento esencial en operaciones NO EASA. Con la aplicación de los Reglamentos UE se tiene que incluir el número de registro de operador en el dron. La ubicación de la placa depende de las preferencias del operador, pero es importante asegurarse de que sea visible y accesible. Con estas prácticas adecuadas, los operadores de drones pueden disfrutar de vuelos seguros y responsables. Si aún tienes dudas sobre la placa identificativa de tu dron o quieres que te ayudemos con algún otro problema ponte en contacto con nosotros.

Referencias

Legislación antigua

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-15721

Legislación nueva

https://www.boe.es/doue/2019/152/L00045-00071.pdf

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2019-81002

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